Manipulador de alimentos por comunidad autónoma
El control sanitario de los alimentos lo hace cada comunidad autónoma. Elige la tuya para ver quién inspecciona y qué ha publicado sobre la formación de manipuladores.
- Andalucía
- Aragón
- Principado de Asturias
- Illes Balears
- Canarias
- Cantabria
- Castilla-La Mancha
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- Cataluña
- Comunitat Valenciana
- Extremadura
- Galicia
- Comunidad de Madrid
- Región de Murcia
- Comunidad Foral de Navarra
- País Vasco
- La Rioja
- Ceuta
- Melilla
Qué pide la normativa
- La empresa alimentaria debe supervisar a quien manipula alimentos y darle instrucción o formación en higiene, de acuerdo con su trabajo (Reglamento (CE) 852/2004, anexo II, capítulo XII). Fuente: Reglamento (CE) 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (BOE, PDF).
- El Real Decreto 109/2010 derogó el Real Decreto 202/2000 sobre manipuladores de alimentos. Desde entonces, la formación es responsabilidad de las empresas, que deben demostrarla en los controles sanitarios. Fuente: Real Decreto 109/2010 (BOE).
- Las autoridades sanitarias controlan que los trabajadores tengan la preparación suficiente. El contenido de la formación lo decide la empresa (Ley 17/2011, art. 28.3). Fuente: Ley 17/2011, de seguridad alimentaria y nutrición (BOE).
- En los alimentos sin envasar hay que informar de los 14 alérgenos (Reglamento (UE) 1169/2011, art. 44, y Real Decreto 126/2015, art. 4.1.b). Fuente: Real Decreto 126/2015, información alimentaria de los alimentos sin envasar (BOE).
Según AESAN, los certificados tienen validez en todo el territorio nacional (nota informativa de AESAN, punto 2).
Nuestro curso
Formación en higiene alimentaria basada en el Reglamento (CE) 852/2004. Incluye los 14 alérgenos. Somos una entidad privada.
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