¿Necesita homologación el curso de manipulador de alimentos?
No. Desde el Real Decreto 109/2010, que derogó el Real Decreto 202/2000 de manipuladores, las entidades que imparten esta formación no necesitan homologación ni autorización de la Administración, y ya no existe el antiguo carnet ni un modelo único de certificado (nota informativa de AESAN, puntos 1 y 2). Somos una entidad privada.
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Qué cambió en 2010
Hasta 2010, la formación de los manipuladores la regulaba el Real Decreto 202/2000. Los programas los desarrollaba e impartía la propia empresa o una entidad autorizada por la autoridad sanitaria, y esa autoridad aprobaba y controlaba los programas de las entidades autorizadas.
El Real Decreto 109/2010 lo derogó, y dejó de estar en vigor el 20 de febrero de 2010. Su preámbulo explica por qué: la autorización administrativa previa de las entidades que forman y de sus programas chocaba con la Directiva de Servicios. Desde entonces, la formación es responsabilidad de las empresas alimentarias, que deben demostrar en las inspecciones que su personal está bien formado.
| Qué | Con el Real Decreto 202/2000 | Desde 2010 |
|---|---|---|
| Quién forma | La propia empresa o una entidad autorizada por la autoridad sanitaria (artículo 4.3). | La propia empresa o quien ella contrate, sin autorización previa (introducción y punto 1 de la nota de AESAN). |
| Los programas | La autoridad sanitaria aprobaba y controlaba los de las entidades autorizadas (artículo 5.1). | Ningún requisito estatal sobre contenidos, examen, profesorado o forma de impartirlos (punto 5). |
| El carné | La autoridad sanitaria podía exigirlo a los manipuladores de mayor riesgo de su territorio (artículo 7.3). | Ya no existe, ni hay un modelo único de certificado (punto 2). |
| Quién comprueba la formación | La autoridad sanitaria, que verificaba que los manipuladores aplicaban lo aprendido (artículo 5.1). | Las autoridades que inspeccionan comprueban si la formación sirve para cada puesto (introducción de la nota). |
Fuentes: Real Decreto 202/2000 (sus artículos 4, 5 y 7) y Real Decreto 109/2010 (su preámbulo y su disposición derogatoria), en el BOE, y la nota informativa de AESAN.
Lo contamos también en el temario: el antiguo carné y la formación actual (módulo 1). Y si te preocupa la fecha de tu certificado, mira cuánto dura el carnet y cuándo renovarlo.
Por qué algunas webs hablan de homologación
Son palabras de reclamo: según AESAN, desde 2010 nadie necesita homologación ni autorización de ningún organismo público para impartir esta formación (nota informativa, punto 1). Si una web te vende una homologación o un respaldo de la administración, desconfía: desde 2010 nadie los concede.
Además, AESAN dice que las entidades que forman no pueden decir que el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 o AESAN las han autorizado, ni usar sus logotipos ni ningún mensaje que sugiera que han supervisado sus cursos. Usar esos logotipos sin autorización es, según AESAN, una infracción del Código Penal.
Otras señales para desconfiar:
- Dice que la ley te obliga a renovarlo cada pocos años. Ninguna norma estatal fija ese plazo (punto 4 de la nota): lo explicamos en cuánto dura el carnet.
- Dice que la ley exige un certificado distinto según el riesgo de tu sector. Ya no hay división por sectores ni clasificación por riesgo (punto 4). Otra cosa es que la formación se adapte a tu puesto, que sí debe hacerlo (punto 3).
Cómo saber si un certificado sirve
Válido en toda España. Desde 2010 no existe el antiguo carnet ni un modelo normalizado: sirve el certificado de la entidad que te forma, firmado y sellado por la persona responsable y con los contenidos del curso. Fuente: nota informativa de AESAN, punto 2. No tenemos relación con AESAN.
Antes de pagar un curso, o al recibir el certificado, mira que lleve:
- Tu nombre y apellidos y tu DNI o NIE. Sin ellos no se sabe de quién es.
- Los contenidos del curso. Lo pide AESAN (punto 2).
- La firma y el sello de la persona responsable de la formación. También lo pide AESAN (punto 2).
- La fecha. Tu empresa debe revisar y actualizar tus conocimientos de forma periódica (punto 4), y la fecha le dice cuándo te formaste.
- Quién lo emite, con su nombre y su NIF. Así sabes a quién pedir una copia o una aclaración.
- Una forma de comprobarlo. Un código o un QR que abra una página de verificación de quien lo emite. No lo pide ninguna norma, pero deja a tu empresa comprobar que es auténtico.
Que sea válido no significa que baste para cualquier puesto: según AESAN, la formación tiene que adaptarse a tu puesto de trabajo (punto 3), y en una inspección es tu empresa quien debe demostrar que su personal está bien formado (preámbulo del Real Decreto 109/2010). Además, debe cumplir las normas españolas sobre la formación de algunos sectores (Reglamento (CE) 852/2004, anexo II, capítulo XII, punto 3). Mira quién inspecciona en tu comunidad.
Nuestro certificado lleva todos estos datos (condiciones de compra, apartado 3.3), y cualquiera puede comprobar que es auténtico con su código.
Nuestro curso
Formación en higiene alimentaria basada en el Reglamento (CE) 852/2004. Somos una entidad privada.
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Preguntas frecuentes
- ¿Qué organismo homologa el curso de manipulador de alimentos?
- Ninguno. Según AESAN, desde que el Real Decreto 109/2010 derogó el Real Decreto 202/2000, las entidades que forman a manipuladores de alimentos no necesitan homologación ni autorización de la Administración.
- ¿Puede un curso decir que lo ha autorizado AESAN o el Ministerio?
- No. Según AESAN, las entidades que forman no pueden decir que el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 o AESAN las han autorizado, ni usar sus logotipos ni mensajes que sugieran que han supervisado sus cursos.
- ¿Sirve el certificado de un curso sin homologación?
- Sí: la homologación no hace falta. Válido en toda España. Desde 2010 no existe el antiguo carnet ni un modelo normalizado: sirve el certificado de la entidad que te forma, firmado y sellado por la persona responsable y con los contenidos del curso. Fuente: nota informativa de AESAN, punto 2. Tu empresa decide si esa formación basta para tu puesto.
- ¿Tiene que ser un curso presencial?
- No. Según AESAN, no hay ningún requisito estatal sobre los contenidos, el examen, el profesorado o la forma de impartir la formación. Tu empresa puede formarte ella misma o contratar a quien lo haga, también online.
Fuentes
- AESAN: manipuladores de alimentos
- AESAN: nota informativa sobre la formación de manipuladores (PDF)
- Real Decreto 202/2000, normas relativas a los manipuladores de alimentos, derogado (BOE)
- Real Decreto 109/2010 (BOE)
- Reglamento (CE) 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (BOE, PDF)